Recordatorio sobre reglamentación para cónyuges DASMI

conyuges

Recordamos que continúa vigente la normativa respecto a la afiliación de cónyuges y convivientes (unión de hecho). El trámite reviste carácter obligatorio y deberá realizarse hasta el 31 de marzo inclusive. En caso de no informar la situación dentro del plazo establecido, se procederá a la baja del/de la cónyuge del/de la afiliado/a.

En aquellos casos en que el/la cónyuge o conviviente del afiliado/a titular se encuentre en actividad laboral —ya sea en relación de dependencia o como monotributista— y posea cobertura de salud obligatoria propia, deberá cumplimentar los requisitos establecidos por DASMI y realizar el aporte diferenciado correspondiente.

Si el/la cónyuge o conviviente no posee Obra Social primaria obligatoria, será necesario presentar una Declaración Jurada junto con la certificación negativa de ANSeS que lo acredite.

Esta medida, adoptada por el Consejo Directivo, se enmarca en acciones destinadas a sostener el equilibrio financiero de la obra social y garantizar la continuidad de prestaciones de calidad para todas y todos los afiliados.

El trámite se realiza de manera online en nuestra página web:
https://dasmi.org/c%C3%B3nyuges-y-concubinos-as

Ante cualquier duda, pueden comunicarse con nuestras vías habituales de contacto.