Resolución CD DASMI 096-2025

Número de resolución
96
Fecha

ARTÍCULO 1º: APROBAR la creación de la Cuota Diferenciada para el cónyuge/unido de hecho del afiliado titular posea Obra Social propia.
ARTÍCULO 2°: FIJAR el importe de la Cuota Diferenciada para el cónyuge/unido de hecho del afiliado titular posea Obra Social propia en pesos cuarenta mil ($40.000,00.-) a partir del 1º de noviembre de 2025.
ARTÍCULO 3°: EXIMIR del pago de la Cuota Diferenciada para el cónyuge/unido de hecho del afiliado titular que no posea cobertura de salud propia. En dicho caso se deberá presentar la correspondiente Certificación de la Negativa de ANSES.
ARTÍCULO 5°: REGÍSTRESE, comuníquese y archívese.